Definición De Lo Que Son «Efectos Personales»
miércoles, 6 de diciembre de 2017
Existe un término que veo que se confunde mucho en el grupo, y es el relativo a «efectos personales».
Antes de entrar a debatir este asunto, quiero expresar que la Ministra de Precios y Finanzas (MPF) en la RESOLUCIÓN No.357/2012, resolvió:
PRIMERO: «Los pasajeros pueden importar como efectos personales, además de su ropa, calzado, artículos de tocador y de aseo personal previstos en la normativa aduanera, los objetos siguientes:
. reproductor de multimedia digital portátil,
. teléfono móvil (celular),
. aparato de televisión portátil,
. computadora personal portátil,
. cámara fotográfica, y
. artículos para la transportación, entretenimiento, alimentación y cuidado de los niños, conforme a la edad.
SEGUNDO: Los objetos a que se refiere el Apartado precedente se admiten exentos del pago de los derechos arancelarios a la importación.
TERCERO: La ejecución y control de lo dispuesto en la presente Resolución se aplica conforme a los procedimientos que establece la Aduana General de la República.
Artículos que no se consideran efectos personales según la Aduana de Cuba: Guía para viajeros
Los viajeros que arriban a Cuba con la ilusión de disfrutar de sus vacaciones o reencuentro con familiares y amigos, deben tener en cuenta las regulaciones aduaneras vigentes para el equipaje personal.
Publicado por el Directorio Cubano el 23/03/2024 – 6:00 pm
Por Roberto Jiménez
Si bien la importación de hasta 25 kg de efectos personales está exenta de aranceles, existen ciertos artículos que no se consideran como tales y que pueden generar confusiones.
Televisores pequeños:
Uno de los artículos que genera dudas es el televisor pequeño. La Aduana de Cuba define como «portátil» a aquellos que funcionan con autonomía propia, sin necesidad de estar conectados a la corriente eléctrica.
En este sentido, un televisor pequeño que no tenga batería interna no se considera un efecto personal y estará sujeto al pago de aranceles.
Computadoras de mesa:
La Resolución 357 del 2012 establece que se considera como efecto personal una computadora portátil, laptop, mini laptop, tablet. Por lo tanto, una computadora de mesa no se incluye en esta categoría, explican funcionarios de la Aduana de Cuba en un video de su canal de YouTube.
PlayStation:
En el caso de los videojuegos, la misma resolución indica que los artículos para el entretenimiento de los niños sí se consideran efectos personales. Por lo tanto, si un menor viaja con un PlayStation, este se considerará como parte de su equipaje personal.
Aranceles para artículos no considerados efectos personales:
Los pasajeros que traigan consigo artículos que no se consideran efectos personales, como televisores, computadoras de mesa o PlayStation, podrán importarlos, pero deberán pagar los aranceles correspondientes:
-Televisor pantalla plana:
32 pulgadas: 250 USD
Entre 32 y 42 pulgadas: 400 USD
Más de 42 pulgadas: 500 USD
-Microcomputadora completa de mesa: 200 USD
-Consola de videojuegos: 200 USD
Artículos personales: viaje a Cuba
ropa, calzado, artículos de tocador y de aseo personal,
reproductor de multimedia digital portátil,
teléfono móvil (celular),
aparato de televisión portátil,
computadora personal portátil,
cámara fotográfica, y
artículos para la transportación, entretenimiento, alimentación y cuidado de los niños, conforme a la edad.
Recuerda que tener en cuenta estas regulaciones te ayudará a preparar correctamente tu viaje a Cuba.
Recomendaciones Importantes
Descarga las Resoluciones 175 y176 del Jefe de la Aduana General de la República de Cuba (AGR)
– Regula las importaciones no comerciales que realizan los pasajeros que visitan nuestro país
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